Violencia Sexual Digital

#VSD: Ciberviolencia de carácter sexual contra las mujeres

PantallasAmigas organiza jornada de sensibilización en Parla sobre la violencia sexual en el nuevo contexto digital

Por tercer año consecutivo la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Parla organizó una Jornada de sensibilización en el marco del Convenio suscrito con el Instituto de la Mujer para el desarrollo del Programa de “Información, Formación y Prevención de la violencia sexual en jóvenes y adolescentes”.


Esta Jornada también tuvo su marco en el IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Parla (2009-2012) y vino a sumarse a las actividades conmemorativas del “Día Internacional contra la violencia de género” que tuvieron lugar en la ciudad.

 

En la organización y desarrollo de la misma se contó con la participación de PantallasAmigas, entidad que desde 2004 tiene como misión la promoción del uso seguro y saludable de las nuevas tecnologías y el fomento de la ciudadanía digital responsable en la infancia y la adolescencia.

 

Paralelamente, se celebraron varias sesiones con alumnado de 4º de la ESO de varios centros educativos a quienes se les impartió un curso de seguridad y responsabilidad en el uso de las redes sociales. Este taller de prevención de la violencia sexual digital  es parte de la formación en aprendizaje y servicio solidario para el uso seguro y saludable de las TIC y el fomento de la ciberconvivencia.

Antonia Gonzalez, concejala del Area Social e Igualdad, presenta a Jorge Flores de PantallasAmigas

Antonia González, concejala del Área Social e Igualdad, inaugura la jornada junto a Jorge Flores

El objetivo de esta jornada de sensibilización fue sensibilizar e informar sobre las nuevas formas de violencia de género y, en particular, de la violencia sexual en y por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.


La jornada se inauguró con la ponencia de Jorge Flores, director y fundador de PantallasAmigas, quien ayudó a comprender cómo se caracteriza la violencia sexual en Internet y ofreció algunas  pautas básicas de prevención e intervención así como los recursos de apoyo. María de Sousa-Valadas, la Directora del Departamento de Soporte al Usuario de Tuenti, expuso la forma en que desde la red social Tuenti se apoya a los y las usuarias víctimas de algún tipo de agresión. Después de un breve descanso, Urko Fernández, director de proyectos de PantallasAmigas, informó sobre cómo se ejerce la violencia sexual digital en el mundo de los videojuegos online, un nuevo contexto que debido a la competitividad de los juegos, es aún un entorno violento y agresivo. Por último, Ofelia Tejerina, abogada de la Asociación de Internautas, especificó los aspectos legales implicados en la violencia sexual digital.


El programa completo puede ser consultado en el siguiente enlace.

Del sexting a los delitos de violencia sexual digital

(Artículo de Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter para SER Consumidor, de la Cadena SER.)

Pero, ¿qué es el Sexting?

Sexting, en su significado más puro y actual, es la producción de imágenes propias (fotografías o vídeos) de alto contenido erótico o pornográfico y su envío a otra persona mediante el teléfono móvil.

Realizar sexting, por lo tanto, no supone un daño en sí mismo para quien lo realiza salvo que su producción o envío pudiera tener consecuencias legales directas, como ocurre en alguno de estos casos donde, por ejemplo, la imagen:

  • puede ser calificada de pornografía infantil.
  • incluye otras personas que no han consentido su producción o difusión.
  • es de alto voltaje y enviada a menores o incapaces.

¿Por qué es una práctica de riesgo?

Del sexting a la sextorsiónPongamos el caso de una mujer adulta que genera un vídeo íntimo de sí misma, donde puede ser reconocida, y lo envía a su pareja con el deseo y convencimiento de que no será compartido con nadie. Los problemas pueden comenzar cuando esas imágenes llegan a otras personas, son publicadas online, o están en manos de un chantajista que, en ocasiones, puede incluso ser el destinatario original del envío.

Si la fotografía o grabación alcanza difusión pública, bien por haber sido publicada en Internet, bien porque se ha distribuido entre smartphones de forma profusa se produce una primera afectación del honor, la intimidad y la propia imagen.

Este problema en muchas ocasiones viene aderezado con hostigamiento social que, en el caso de una persona pública como Olvido Hormigos, alcanza incluso repercusión mediática. En los incidentes con personas menores de edad suele adquirir la forma de ciberbullying.

Cuando las imágenes llegan a manos de un chantajista, el problema sería el de la sextorsión, esto es, la solicitud de determinadas concesiones (dinero, imágenes, mantenimiento de relaciones sexuales o sentimentales…) a cambio de que la comprometida grabación no sea publicada online o enviada al círculo relacional de su protagonista.

Otras prácticas con similares consecuencias

Existen otras situaciones que, sin constituir sexting, a la postre nos ponen directamente en uno de los casos anteriores: imágenes íntimas y privadas en manos de terceros. Pueden ser imágenes delicadas producidas pero no enviadas de forma voluntaria sino robadas, como ya ha ocurrido, por ejemplo, con intrusiones en los smartphones o activación mediante malware de la webcam. También es común el caso en el que se practica cibersexo o se muestran actitudes sexuales o desnudos vía webcam y quien está al otro lado de la pantalla graba de forma permanente un show que cuyo protagonista pensaba era temporal y privado. También pueden ser imágenes cedidas de forma voluntaria por medio de engaños u obligatoria bajo presiones y amenazas. Este es el caso de Amanda Todd, adolescente de 15 años que se acabó suicidando el pasado 10 de octubre víctima de ciberbullying sustentado en unas imágenes de sus pechos que mostró por la webcam. La crueldad de una parte de su entorno de relaciones, potenciada por el alcance de Internet y las redes sociales, acabó con ella.


Violencia sexual digital y reformas legislativas

Las estadísticas y las consultas nos dicen que en mayor medida son las mujeres, adolescentes y jóvenes, quienes sufren las consecuencias de la existencia de imágenes íntimas en manos inadecuadas. La sextorsión, por lo general, se traduce en solicitudes de tipo sexual. Se trata de violencia de género en la Red, es violencia sexual digital. Constituye un fenómeno alarmante y creciente al que esperamos contribuyan a poner freno las recientes reformas propuestas para el código penal que solicitan un año de cárcel por difusión de imágenes íntimas aun cuando la grabación de las mismas hubiera sido consentida.

Información y recursos educativos sobre tema relacionados:

«Tengo 12 años y estoy embarazada»: según Google es una búsqueda frecuente

Sabemos que Google es el buscador más utilizado, también por los internautas más jóvenes. Y que dentro de sus funciones se incluye el completado automático de las búsquedas a base de sugerencias. Nosotros empezamos a escribir palabras que queremos buscar y Google nos sugiere cómo completar en base a lo que sus algoritmos consideran las búsquedas más frecuentes.

Lina Medina, la mamá más joven nunca registradaEntonces ¿qué podemos pensar cuando un niño o una niña empieza a escribir en el buscador «Tengo 12 años…» y Google le termina la frase con «…y estoy embarazada»? Parece obvio que el/la menor asumirá que eso es normal (en el sentido de frecuente) y que hay millones de niñas en el mundo escribiendo esa frase en el buscador tras haber mantenido relaciones sexuales y preocupadas por un supuesto embarazo precoz. Si es cierto que hay tantas búsquedas con esos términos, hay un grave problema entre las niñas de 12 años, pero si no lo es, quien está provocando un riesgo es Google: el riesgo de hacer creer que es algo normal, frecuente. ¿Está preparado un niño de 8 años, por ejemplo, para discernir qué hay detrás del hecho de que Google le sugiera terminar así una frase?

Los ejemplos por el estilo son numerosos. En PantallasAmigas lo hemos podido comprobar, alertados por una noticia publicada por El Pandemonium. El completado referido al embarazo se produce asociado desde ¡los 5 años! hasta los 17 (más allá no lo hemos investigado pues ya entramos en la mayoría de edad), produciéndose además otras sugerencias adicionales como «…y fumo» (8 y 9 años), «…y hice el amor» (sic, 10 años), «…me masturvo» (sic, 11 años), «…tuve relaciones» (12, 13 años), etc.

Google marca implícitamente lo que es normal y lo que no lo es al sugerirnos cómo completar una búsqueda con determinadas palabras o frases. Es un aspecto que no se tiene normalmente en cuenta al hablar sobre los peligros de Internet para los menores, y de hecho ni siquiera seleccionar la SafeSearch (búsqueda filtrada para menores que evita páginas pornográficas y otras no aptas para los usuarios más jóvenes) tiene efecto alguno: el niño o la niña seguirá viendo que fumar y tener relaciones sexuales es de lo más común, y se le trasmitirá una información sexual falsa: que son habituales los embarazos entre niñas de 8 años o incluso menos. Madres, padres, tutores y docentes deben ser conscientes de este problema y que miles de niños estarán viendo cada día ese tipo de frases en sus pantallas, recibiendo esa grave desinformación que podría tener consecuencias en su educación sexual.

NOTA: La fotografía que acompaña a este post es de Lina Medina, la mamá más joven registrada en la historia de la medicina. Tenía 5 años cuando dio a luz, siendo un caso absolutamente excepcional.

Fuente: Riesgos en Internet

Un estudio sobre la violencia digital revela que los videojuegos son el nuevo terreno para el ciberacoso entre menores

Un nuevo estudio de la ONG británica Beatbullying ha revelado que del 21% de niños de 8 a 11 años que han sufrido ciberbullying, más de 1/4 (27%) lo padecieron mientras jugaban online. Ha revelado también que un tercio de los padres no monitorizan lo que sus hijos hacen en Internet. El estudio, bajo el título de Violencia Virtual II, se ha elaborado a partir de encuestas a 1.564 niños del Reino Unido ha sido financiado por el Fondo Nominet, responsabilidad de la entidad encargada de los dominios .UK.

Se ha detectado también que los niños se exponen de manera no controlada a la tecnología cada vez a edades más tempranas. Casi 2/3 de los niños de 8 a 11 años tienen su propio teléfono móvil, que usan a esta edad en su mayor parte para jugar (73%). Muchos disponen también de un PC, una tablet o una consola con conexión a Internet.

Según la directora de Beatbullying, Emma-Jane Cross: «El (ciber)bullying se está trasladando al mundo de los videojuegos y tenemos que reaccionar rápido para abordar el comportamiento en esta área antes de que el problema siga aumentando…»

Una buena parte de los niños entrevistados expresaron su deseo de que padres y profesores hiciesen más por educarlos sobre cómo protegerse de estas amenazas. Esto requiere que los padres sean más conscientes de los peligros de acceder a Internet desde ubicaciones móviles y que les expliquen a sus hijos qué es un comportamiento apropiado en Internet, así como lo que tienen que hacer cuando tengan problemas: el principal consejo en este área sería que avisasen a uno de sus padres o a un profesor.

En el estudio también se pone de manifiesto el fallo de los webs de juegos y de los servicios accesibles mediante consolas, para verificar correctamente la edad de los jugadores y así evitar que niños por debajo de la edad mínima accedan a juegos inapropiados.

Fuente: Charity News y BeatBullying.

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Las niñas preadolescentes son las principales víctimas del ciberbullying

Los niños de entre 12 y 13 años son los menores con mayor riesgo de sufrir el fenómeno conocido como acoso digital o ciberbullying, en el que las niñas son más propensas tanto a ser víctimas como agresoras, según el director de la organización nacional Pantallas Amigas, Jorge Flores Fernández. Flores ha explicado a la agencia EFE, con motivo de un curso que se imparte en Málaga bajo el título de «Violencia entre iguales (menores y jóvenes) a través de las Nuevas Tecnologías», que este tipo de acoso preocupa de «forma creciente y en edades más tempranas».
 
El acoso online puede darse, según el experto, entre personas de diferente edad, pero lo más común es que ocurra entre iguales y con «demasiada frecuencia» en los entornos escolares.
 
El teléfono móvil, Internet o incluso vídeojuegos en red pueden ser vehículo de estas agresiones, que para ser consideradas como tal deben ser intencionadas y reiterativas, ha indicado Flores, quien ha destacado la facilidad que permite la Red para llegar a cualquier persona como ventaja sobre el acoso tradicional.
 
«La caracterización del problema es muy difícil y cambia muy rápidamente», ha advertido el director de la iniciativa PantallasAmigas, quien ha recordado que un reciente estudio europeo cifra en un 7% el número de adolescentes españoles que sufren o han sufrido acoso.
 
Los síntomas más comunes que alertan a padres o profesores de que un menor está siendo acosado por la Red son transtornos del sueño y de la alimentación, aislamiento, irritabilidad y necesidad compulsiva de conectarse para ver qué está ocurriendo con su imagen online, ha señalado el experto.
 
En cuanto a las medidas que adoptar ante uno de estos casos, Jorge Flores aconseja que si se da en el entorno escolar, lo más adecuado es dejar intervenir al centro para que medie, ya que ve la vía judicial como una última posibilidad cuando se han agotado las demás o si existen amenazas graves.
 
El director de PantallasAmigas, entidad que editó en 2006 una de las primeras guías sobre acoso en la Red, ha manifestado que es importante compartir la «vida digital» de los menores para poderles ayudar en un momento dado y no mostrarse como «enemigos de la tecnología».
 
Fuente: El Faro Digital.
 

Investigadores de UNICEF proponen medidas para acabar con la impunidad de los abusadores sexuales online

Informe de Innocenti Research Center (UNICEF) sobre seguridad infantil en InternetEn este segundo post continuamos publicando datos del informe Child Safety Online: Global challenges and strategies elaborado por el Centro de Investigación Innocenti (IRC) de la UNICEF. En la primera parte nos centrábamos en el apartado que analizaba la situación de los menores frente a los potenciales riesgos de la Red (Child abuse linked to information and communication technology). A continuación reseñaremos brevemente el apartado Building a protective environment donde el equipo investigador lanza una propuesta de estructura internacional de protección para los menores online.

Para los autores, dicha infraestructura debe estar basada en los siguientes pilares:

  • Un marco legislativo que defina lo que son actividades delictivas en este entorno.
  • La capacidad para poner freno a los abusadores potenciales y para perseguir a los delincuentes.
  • Y medidas proactivas para restringir e inhibir el acceso a las imágenes de abuso a menores.

Este marco apuntaría a cuatro objetivos principales:

  1. Empoderar a los niños y promover su resiliencia.
  2. Acabar con la impunidad de los abusadores.
  3. Reducir la disponibilidad del material nocivo de Internet.
  4. Promover la recuperación de los niños víctimas de abusos y otros daños.

Empoderar a los niños y promover su resiliencia frente al daño

En los medios es habitual que se identifique a los menores, especialmente a las niñas, como víctimas potenciales de estos riesgos, caracterizándolas con poca agencia, es decir, con poca capacidad de actuar al respecto de dicho riesgo. Sin embargo los estudios realizados en diversas partes del mundo indican que en el grooming y en el ciberbullying la actuación de los menores implicados es fundamental. Específicamente en el caso del grooming la experimentación de los jóvenes, su exploración e interés en definirse a sí mismos social y sexualmente son factores de riesgo. Por tanto el informe recomienda que «la respuesta preventiva y para la protección debe tener en cuenta el grado en el que la participación de los propios niños en la comunicación online los implica potencialmente en comportamientos arriesgados al mismo tiempo que juega un papel importante en la construcción de su identidad». Los menores por tanto necesitan ser reconocidos y respetados como agentes activos.

Acabar con la impunidad de los abusadores

Sin una acción internacional coordinada los abusadores concentrarán sus esfuerzos en aquellos países que ofrezcan una menor protección a los niños, donde serán más difícilmente detectados y perseguidos. Las diferencias en los marcos legales en las diversas jurisdicciones son «enormes», según reconocen los autores del informe.

Estos proponen al respecto:

  • Definir en las legislaciones nacionales claramente qué es un niño, el consentimiento sexual, la pornografía infantil y el abuso sexual a menores.
  • Criminalizar los intentos y los abusos sin contacto, el grooming y la posesión de estas imágenes.
  • Considerar la denuncia obligatoria de casos extendida incluso a los profesionales de las TIC.
  • Asegurar a los menores implicados que no serán perseguidos legalmente.

Reducir la disponibilidad del material nocivo de Internet

Aunque el objetivo es eliminar el abuso, millones de imágenes de abusos ya cometidos siguen circulando por la Red durante años y lo seguirán haciendo previsiblemente en el futuro. Los autores recomiendan evitar el acceso a dichas imágenes tanto por posibles abusadores como por los menores. Para ello los autores recomiendan, entre otras, la adopción de códigos de autorregulación en la industria de Internet, aunque sugieren que sean «voluntarios y no vinculantes». También recomiendan el bloqueo de webs que contengan este tipo de material, aunque reconocen que no es algo siempre efectivo y que es controvertido por el riesgo de una mayor censura que implica. Recomiendan por ello que el bloqueo se levante en cuanto el material causante del mismo haya sido retirado.

Recomiendan así mismo que los chats, foros y redes sociales dispongan de mecanismos fáciles de usar que pongan la seguridad al máximo por omisión. Al respecto del software de control parental indican que la mitad de los padres no lo usa: unos porque piensan erróneamente que ya viene actividado por defecto en el ordenador, y otros porque creen que sus hijos lo pueden saltar.

Promover la recuperación de los niños víctimas

En esta área los autores sugieren que los padres también reciban ayuda para comprender los comportamientos online de sus hijos, que por ejemplo en muchos casos de grooming, son complejos y contradicen su manera de ser offline. Es fundamental también, indican, evitar la retraumatización de las víctimas del abuso infantil.

Obstáculos, instrumentos y necesidades

Para lograr estas mejoras insisten, entre otras medidas, en la necesidad de formar a profesionales (docentes, p.ej.) para que ayuden en esta protección y comprendan los riesgos y los daños que amenazan a los menores en estos mundos online/offline ya tan mezclados.

Advierten de que, tal y como señalan Livingstone y Haddon en su estudio Risks and safety on the internet, Full findings 2011, a medida que el uso de Internet se hace más personal e individualizado, el papel de progenitores y docentes se hace más y más difícil, colocando cada vez más responsbilidad en el lado de las empresas de Internet a la hora de gestionar los riesgos que puedan encontrar los menores. Si las empresas no lo hacen, avisan los autores de que la consecuencia puede ser una regulación pública más restrictiva con la actual libertad de la Red.

También advierten de que a medida que Internet se disfruta más en privado (acceso desde el cuarto de los chicos en casi todo el mundo industrializado) y de manera móvil, se hace fundamental la capacitación de los propios menores para protegerse y para proteger a otros.

Los padres también deben entender las actividades de sus hijos online y la naturaleza de los riesgos que enfrenten en la Red. El informe indica que en los países empobrecidos esta concienciación es aún muy incipiente, en el mejor de los casos.

Dado que el abuso a menores en la Red no tiene fronteras, señalan como imprescindible la coordinación internacional en las áreas de justicia y de protección al menor. Actualmente los instrumentos internacionales existentes son, tal y como los enumera el informe:

  • La Convención sobre los Derechos del Niño (1989)
  • El Protocolo Opcional de la Convención sobre los Derechos del Niño acerca de la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil (OPSC, 2000)
  • El Protocolo para la Prevención, Supresión y Castigo del Tráfico de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, complementario a la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Trasnacional («Protocolo de Palermo», 2000).
  • La Convención del Consejo de Europa sobre Ciberdelitos (2001)
  • La Convención del Consejo de Europa sobre la Protección de los Niños ante la Explotación y el Abuso Sexuales (2007).

En conjunto estos instrumentos jurídicos internacional proporcionan un marco de medidas y de definición de delitos para la protección (también online) de los derechos de los menores.

La Declaración de Río (2008) supuso un avance al demandar de los Estados acciones para evitar y frenar las imágenes de abuso a menores y el grooming en Internet.

No obstante, la implementación de estas medidas es aún insuficiente, explican. Según un estudio de 2010 del Centre for Missing & Exploited Children:

  • Sólo 45 de los 196 países analizados tenía legislación suficiente para combatir los delitos de imágenes de abuso infantil.
  • 89 países no tenían legislación en absoluto acerca de la pornografía infantil.
  • De los que sí la tenían, 52 no definían lo que era la pornografía infantil.
  • De los que tenían legislación sobre pornografía infantil, 18 no tenían en cuenta los delitos relacionados con los ordenadores.
  • De los que tenían legislación sobre pornografía infantil, 33 no crimilizaban la posesión de la pornografía infantil, sin tener en cuenta la intención de distribuirla.

Las investigaciones sugieren que los menores de casi todo el mundo utilizan de manera muy similar las redes sociales, lo cual crea oportunidades para que los potenciales groomers contacten con ellos, especialmente en aquellos países donde se conectan maś desde fuera de casa o donde los padres tienen menores conocimientos.

El informe también menciona el avance que dentro de la UE ha supuesto la directiva aprobada por el Parlamento Europeo en noviembre de 2011:

  • Criminalizará formas de abuso y explotación sexuales a menores actualmente no cubiertas por la legislación de la UE, tales como el grooming, las exhibiciones pornográficas infantiles online y el visionado de pronografía infantil sin descarga de ficheros.
  • Establece umbrales más bajos para aplicar las máximas condenas.
  • Asegura que los culpables que sean ciudadanos de la UE sean perseguidos por delitos cometidos fuera de la Unión.
  • Proporciona a las víctimas infantiles asistencia, apoyo y protección, incluyendo reclamación de compensaciones.
  • Comparte datos de las condenas a delincuentes sexuales entre las diversas autoridades de los países miembros.
  • Introduce la eliminación obligatoria y el bloqueo opcional de webs que contengan material de abuso a menores.

Señala que las empresas de la UE son pioneras en cuanto a autorregulación y pone como ejemplo el European Framework for safer mobile use by younger children and teenagers aprobada en febrero de 2007. En junio de 2010 ya había Códigos de Conducta al respecto en 25 países de la Unión y un informe revelaba en esa misma fecha que el 83% de los operadores de telefonía móvil, que daban servicio al 96% de los usuarios de móvil de la UE, implementaban ya el Marco Europeo por medio de códigos de conducta. En febrero de 2009 se lanzó un documento similar, pero esta vez para las redes sociales online: Safer Social Networking Principles for the EU, que recoge medidas en cuanto a configuración de privacidad, educación y concienciación y facilidades de denuncia de abusos. En mayo de 2011 se analizó el grado de cumplimiento pero sólo 3 de 14 servicios de red social recibieron una buena cualificación.

En otros ámbitos destaca el Memorándum de Montevideo (julio de 2009), aunque no es vinculante para ningún Estado americano.

En cuanto a la persecución de los ciberdelitos contra los menores, los investigadores de UNICEF señalan algunos problemas que la complican: la dificultad para determinar cuál es la jurisdicción pertinente en delitos originados en la Red, los casos que implican a varias víctimas residentes en jurisdicciones distintas y la distancia que separa en ocasiones a los perpetradores y a las víctimas. También reconocen que determinar si se ha cometido o no un delito de abuso contra menores en la Red no es un proceso directo, dado que no suele haber contacto físico. Las cuestiones que esto plantea a la policía son varias:

  • ¿Es suficiente el intento de engañar a un menor con fines sexuales para que se haya cometido delito?
  • ¿Qué evidencias de ese intento se requieren?
  • ¿Cuándo una imagen de un(a) menor es pornográfica?
  • Las imágenes de niños no reales ¿son perseguibles?

Por parte de las propias víctimas existen también dificultades: la vergüenza y el sentirse en cierta medida cómplices de lo sucedido, hacen que muchas veces no denuncien el hecho hasta que la propia policía lo descubre en una investigación. Incluso entonces, ante la propia imagen de su abuso, hay víctimas que niegan que haya sucedido. Si ya es minoritario el número de abusos sexuales que se dan a conocer fuera de la Red, entre los que suceden online el número es aún menor.

En algunos casos de grooming el menor o la menor percibe al abusador como su novia o novio y es emocionalmente dependiente de él (o ella). Otra dificultad surge en los casos en los que el menor está aislado o carece de soporte social o familiar, con lo cual es aún más improbable que denuncie. Y por supuesto, muchos ni siquiera sabrán nunca que han sido víctimas de abuso puesto que una foto suya captada en Internet puede ser retocada digitalmente para hacerlos aparecer desnudos o en escenas sexuales y ser distribuido por la Red sin que lo llegue a saber el menor.

Otro aspecto que no suele ser tenido en cuenta de manera suficiente es que el menor puede no sólo sufrir con el abuso sino que la revelación del abuso. En ocasiones se retractan de la denuncia por temor las consecuencias para ellos o sus seres queridos.

También aquí existen dificultades adicionales en los países empobrecidos: la policía no dispone en muchos casos de la capacitación para perseguir estos crímenes, que requieren conocimientos especializados de Internet y de protección de menores. En ocasiones, el personal está formado suficientemente, pero no dispone de la tecnología necesaria. Incluso en los países ricos, es frecuente que estos casos sean catalogados como ciberdelito y pasen así a equipos más especializados en el fraude online que en la protección al menor. Organismos como CEOP recomiendan que se integre a personal especializado en menores en este tipo de investigaciones policiales.

Los estudios sobre la materia indican que, por otra parte, los propios profesionales que trabajan en la protección al menor —docentes, enfermeros escolares, sanitarios, oficiales de policía, trabajadores sociales, consejeros, psicoterapeutas…— no son suficientemente conscientes de los riesgos del abuso online. Por ejemplo, ante un cambio de comportamiento en una chica de 13 años, a pocos se les ocurre preguntar por sus actividades online. Dada la creciente importancia de las TIC en la vida de los adolescentes, esto quiere decir que un gran número de profesionales están fallando en la identificación e investigación de un contexto de abuso cada vez más frecuente.

Fuente: Innocenti Research Center

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